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Recomendaciones para unas elecciones transparentes

Se espera una escasa diferencia entre el primero y el segundo candidato presidencial (tal vez al nivel de error de muestreo de las encuestas), y esto define quien resulta electo. Por eso es importante informarse.

Fuente: Red Ser Fiscal

Ley Electoral:

LA TRANSPARENCIA ELECTORAL

Hablar con la Autoridad de Mesa, sino con la Autoridad de Escuela, con las Fuerzas de seguridad, o recurrir al Centro de atención ciudadana – http://serfiscal.org/centroatencionciudadana-2/

El domingo 25 a partir de las 8 am, 50 voluntarios estarán atentos a cualquier requerimiento, dificultad y denuncia que realicen los ciudadanos durante las elecciones. Un equipo de abogados y técnicos, realizarán el mapa del delito a través de las denuncias que se generen durante el día, y voluntarios atendiendo llamadas y mensajes de Whats app. No estarás solo!!!

Redes Sociales: facebook.com/SerFiscal; twitter.com/SerFiscal

Mail: denuncias@serfiscal.org; http://serfiscal.org/mapadelitoelectoral

Mapa del delito electoral: http://serfiscal.org/mapadelitoelectoral

Amparo del elector – llevá a mano un formulario

http://www.austral.edu.ar/descargas/Amparo-Elector.pdf

http://serfiscal.org/amparoelectoral/

Descargá e imprimí el Amparo Electoral (Art. 10, 11, 129 y 147 Código electoral)

El fin es garantizar el ejercicio del derecho a votar. Se utiliza para cualquier hecho que impida ejercer tu derecho a votar. Lo puede solicitar la persona perjudicada o cualquiera en su nombre.

CAPITULO I

De la calidad, derechos y deberes del elector

Artículo 10. – Amparo del elector. El elector que se considere afectado en sus inmunidades, libertad o seguridad, o privado del ejercicio del sufragio podrá solicitar amparo por sí, o por intermedio de cualquier persona en su nombre, por escrito o verbalmente, denunciando el hecho al juez electoral o al magistrado más próximo o a cualquier funcionario nacional o provincial, quienes estarán obligados a adoptar urgentemente las medidas conducentes para hacer cesar el impedimento, si fuere ilegal o arbitrario.

Artículo 11. – Retención indebida de documento cívico. El elector también puede pedir amparo al juez electoral para que le sea entregado su documento cívico retenido indebidamente por un tercero.

CAPITULO IV

Procedimiento especial en la acción de amparo al elector.

Artículo 147. – Sustanciación. Al efecto de sustanciar las acciones de amparo a que se refieren los artículos 10 y 11 de esta ley, los funcionarios y magistrados mencionados en los mismos resolverán inmediatamente en forma verbal. Sus decisiones se cumplirán sin más trámite por intermedio de la fuerza pública, si fuere necesario, y en su caso serán comunicadas de inmediato al juez electoral que corresponda.

La jurisdicción de los magistrados provinciales será concurrente, no excluyente, de la de sus pares nacionales. A este fin los jueces federales o nacionales de primera instancia y los de paz mantendrán abiertas sus oficinas durante el transcurso del acto electoral.

Los jueces electorales podrán asimismo destacar el día de elección, dentro de su distrito, funcionarios del juzgado, o designados ad hoc, para transmitir las órdenes que dicten y velar por su cumplimiento.

Los jueces electorales a ese fin deberán preferir a los jueces federales de sección, magistrados provinciales y funcionarios de la justicia federal y provincial.

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