Archivo | junio 16th, 2020

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Análisis: ¿Reforma de la Constitución provincial? ¿Le interesa a alguien?

Por Dr. Alberto Montbrun – Universidad Nacional de Cuyo

En su discurso inaugural de las sesiones ordinarias de la Legislatura, el pasado 1 de mayo, el Gobernador se refirió a su intención de impulsar una reforma de la Constitución provincial. Su principal inquietud es “reducir el costo de la política” y ha resuelto que esto se hará pasando de un sistema legislativo bicameral, que Mendoza tiene desde 1895, a un sistema de cámara única. En Argentina, país federal donde cada provincia decide sobre su arquitectura constitucional, sólo ocho provincias tienen sistema de doble cámara.

La verdad es que en tiempos de pandemia y crisis económica muchas ciudadanas y ciudadanos pueden olvidar o relativizar (o aún no tener la menor idea), sobre cuál puede ser la importancia de un debate en torno a una reforma constitucional. Me parece oportuno señalar sólo algunos puntos de los que podrían discutirse si se abre efectivamente ese proceso.

Bicameralismo o unicameralismo: ¿Tiene sentido en estos tiempos mantener dos cámaras legislativas o sería más práctico –e igualmente representativo– tener una sola? Hay quienes sostienen que dos cámaras permiten un debate más intenso y profundo. Otros que, como ambas representan a los partidos políticos, da lo mismo tener una o dos. Me parece que el debate no debe pasar por el “costo”,  dado que el presupuesto de la Legislatura de Mendoza es significativamente menor al de muchas provincias unicamerales, pero a juzgar por la experiencia de 35 años de democracia el bicameralismo –salvo contadísimas excepciones–, no parece haber demostrado mucho sentido.

Elecciones juntas o separadas por nivel: Cuando votamos presidente o gobernador ¿estamos pensando en los intendentes o los concejales? La mayoría de las personas mete la boleta “sábana” completa y no se fija mucho en los cargos de niveles más locales. Las elecciones separadas permiten visualizar con claridad las opciones en juego. Pero otros sostienen que desdoblar es caro y lo mejor es unificar todo.

Elecciones de medio término: Las elecciones nacionales de medio término están previstas en la Constitución Nacional y son, por lo tanto, inevitables. Pero ¿le conviene a Mendoza mantener la renovación por mitades de su Legislatura cada dos años? A mí me parece (me parece, en esto el que pretenda certezas es un fundamentalista o un bobo) que “medir” al gobierno cada dos años es excelente, ya que permite correcciones y advierte de desvíos.

Monopolio de las candidaturas o candidatos independientes: Los partidos políticos monopolizan las candidaturas a todos los cargos. Vos podés ser muy inteligente, leer y escribir de corrido y hasta tener un doctorado o una maestría pero no podés ser ni siquiera concejal si un partido no te postula, ¿eso es correcto? Apenas el 20 o 25% de la gente se siente genuinamente representada por los partidos. La inmensa mayoría de los electores opta por personas y propuestas. ¿Entonces? ¿No sería más legítimo que los y las independientes puedan candidatearse?

Poder Judicial: En esta materia hay por lo menos dos temas clásicos que se van a considerar: el funcionamiento del Consejo de la Magistratura, que es el encargado de seleccionar los candidatos a jueces y el Jurado de enjuiciamiento, que se encarga del análisis de su desempeño e idoneidad. El primero es una institución reciente (se incorporó en 1997), pero puede revisarse su accionar. El Jurado de enjuiciamiento actual tiene un número excesivo (21 miembros incluida la totalidad de la Corte) y su funcionamiento es pesado y lento. Ambos pueden mejorarse.

Pero el debate más interesante que plantea la posible reforma del Poder Judicial tiene que ver con dos temas álgidos: restringir la inamovilidad de por vida de los jueces (que ni siquiera tienen una edad de retiro obligatorio) y tal vez relativizar el monopolio de los abogados, ya que hay tareas que otras disciplinas profesionales pueden cubrir con solvencia. ¡Estos sí que son temazos para debatir!

Régimen municipal: La “autonomía” ha sido la gran estrella de las reformas de casi todas las constituciones provinciales. Pero Mendoza tiene un problema municipal de fondo que la partidocracia se resiste a discutir y que sólo se verifica en otras tres provincias argentinas: la total y absoluta falta de gobierno propio en las ciudades, pueblos y villas que no son cabecera departamental y que están condenadas a ser gobernadas por intendentes, que residen a muchos kilómetros de distancia.

Se trata de un tema esencialmente relacionado con el autogobierno. Si vos vivís en Chacras de Coria, Chilecito, Monte Comán, Villa 25 de mayo, Palmira, Bowen, Eugenio Bustos, Drummond, Lunlunta, San Roque, Gutiérrez, Uspallata, Colonia Segovia o cualquier otra localidad mendocina que no sea villa cabecera, aunque seas una buena ciudadana, mayor de edad y pagadora religiosa de impuestos no podés tener injerencia alguna en las decisiones de tu comunidad, porque éstas son tomadas a la distancia por un intendente bonachón y comprensivo que “alguna cosita le va a dar” a cada distrito, para que se vea su preocupación e interés. Se debe entender que no es al departamento sino a la comunidad local a la que corresponde reconocerle la autonomía. Y esa “comunidad local” es un conjunto de personas viviendo y evolucionando en relaciones de vecindad, con características comunes y, a la vez, diferenciadas de otras comunidades. Pero profundizaremos esta cuestión en futuras entregas.

Y hay todavía más temas que pueden suscitar interés y expectativas por sus potenciales impactos en nuestra vida y la de las generaciones futuras: derechos de la era digital, protección del ambiente, organismos de control, manejo del agua y tantos más. Lo que sí sería interesante es que realmente se escuche a todas las personas, grupos y sectores que deseen aportar y que la nueva Constitución no resulte de un acuerdo entre líderes partidarios cocinado entre cuatro paredes. Me parece.

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