Se aprobó una nueva ordenanza sobre usos del suelo en Luján de Cuyo

Sin modificaciones sustanciales, pero con la necesidad de unificar la ordenanza N∞ 1517 /99 y sus modificatorias, se aprobó en el Concejo Deliberante de Luján de Cuyo la nueva ordenanza sobre usos de suelo que sistematiza la normativa vigente e incorpora aspectos que estaban desactualizados, atendiendo a las demandas actuales por distrito.

Desde el comienzo del periodo ordinario, el cuerpo de concejales estuvo reunido en comisión especial con personal de la Dirección de Ordenamiento Territorial del municipio, a fin de trabajar minuciosamente sobre la propuesta de sistematización de normativas sobre usos de suelo, ya que la última planilla completa fue concebida hace 17 años, en 1999, y se hacía necesaria la revisión hacia un texto único vigente.

Cabe señalar que el anteproyecto de ordenanza fue iniciado y continuado por la Dirección de Ordenamiento Territorial, y puesto a consideración en las comisiones del Concejo Deliberante, que trabajó conjuntamente en la revisión por distritos y zonas, y hacia la aplicación general en el departamento.

A través de la ordenanza aprobada se plantea una clasificación de cada uso con respecto a su factibilidad de instalación en cada zona, y prevé de este modo la diferenciación en: residencial -viviendas, hospedajes, loteos-; enseñanza pública y privada; asistencia pública, privada, sanidad y salubridad; seguridad; cultura; deportes; esparcimiento; culto; oficinas públicas, oficinas privadas; servicios; industrias y servicios; depósitos; y comercio.

Puntualmente en lo que respecta a servicios, la nueva normativa contempla la aparición de nuevos rubros y formas de producción de bienes y servicios, no descriptas anteriormente. En este sentido, se ha dado lugar a la producción artesanal como un rubro de elaboración manual, en zonas y barrios donde no estaba contemplado. Siendo una expresión representativa de la cultura y factor de identidad en la comunidad, se incorporan como servicios artesanales productos como cervezas, licores, vinos; joyería, bijouterie, metales; dulces, conservas, chocolates, alfajores, cerámica, juguetes, vitrofusión; marroquinería, tallado en madera, mimbrería, panificación; entre otras producciones artesanales.

La tarea realizada en la unificación de normativas vigentes ha sido una labor exhaustiva y de gran relevancia para la adecuación en cada zona y por distrito en la clasificación de los usos permitidos, condicionados y no permitidos. Ante las demandas sociales suscitadas, se destaca la incorporación de actividades que no estaban contempladas. De esta forma, la ordenanza aprobada por el Concejo Deliberante de Luján de Cuyo, entra en vigencia y podrá ser integrada al nuevo Plan Municipal de Ordenamiento Territorial, actualmente en ejecución, y a considerarse en el plan provincial que se disponga.

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