Archivo | abril 29th, 2010

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La mayoría de edad hoy se adquiere a los 18 años

Implica que a partir de los 18 años se es responsable civilmente ya sea para estar en juicio, como actor o demandado, que se pueda ejercer la profesión o comercio sin previa autorización, ahora no es necesaria la emancipación para esos casos, también a partir de ese momento se puede decidir donde vivir, se puede contraer matrimonio por citar algunos ejemplos.-

La sanción de esta ley trae aparejado que no se necesita más autorización de viaje para salir del país, es decir, que los padres no deben otorgar ningún tipo de autorización para ello.-

Aunque la Ley hace una salvedad, exige que los padres alimenten a sus hijos hasta los 21 años, salvo que se demuestre que cuentan con recursos suficientes. Aquellos progenitores que por ejemplo, tengan fijada judicialmente una cuota alimentaria a favor de sus hijos, deberán continuar prestándola hasta los 21 años de aquellos.-

También en materia de previsión y seguridad social, los beneficios se extienden hasta los 21 años, es decir que los hijos hasta los 21 años gozaran de la Obras Social de sus padres, o en su caso percibirán la pensión.-

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